Nuevas Familias - IES Benjamín de Tudela - Ikasnova
Nuevas Familias - IES Benjamín de Tudela
Jornada de Puertas Abiertas
Tudela, 19 de marzo de 2025
Preinscripción y matrícula del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Curso 2025-26
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Dirigido
Pueden solicitar plaza los padres, madres o representantes legales de:
- Alumnos y alumnas que deseen solicitar plaza escolar en Enseñana Secundaria Obligaroria (ESO) y Bachillerato.
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Descripción
El proceso de preinscripción tiene lugar del 24 al 28 de marzo y se puede realizar de las siguientes maneras:
- Preinscripción online (recomendada), a través del enlace que se habilita en el apartado "Tramitación" de esta página durante el plazo de preinscripción.
- Preinscripción presencial, en cualquiera de los centros que has elegido.
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Información sobre el proceso de admisión:
- Calendario del proceso de admisión para el alumnado ESO y Bachillerato.
- Toda la información sobre el proceso de admisión.
- Acta del sorteo para determinar el orden alfabético de adjudicación de las plazas en caso de empate.
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Información sobre los centros:
- Listado de centros públicos y privados concertados de Navarra:
- Geolocalización de los centros: introduciendo la dirección del domicilio o lugar de trabajo, se muestran los centros educativos que están a una distancia menor o igual de 1.500 metros.
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Documentación a presentar
Documentación obligatoria:
- Impreso de solicitud:
- Si optas por hacer la preinscripción de forma online, debes rellenar un formulario web que se habilita en el apartado Tramitación de esta página durante el plazo de preinscripción.
- Si optas por hacer la preinscripción de forma presencial, debes descargarte este impreso de solicitud y entregarlo en alguno de los centros que has elegido, cumplimentado, firmado y acompañado de la documentación requerida.
- Fotocopia del libro de familia o cualquier otro documento que acredite el vínculo familiar (certificado de nacimiento, pasaporte, DNI o NIE del alumno o alumna).
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Documentación opcional (aunque es opcional, conviene presentarla si se cumplen las condiciones, porque cuenta para la baremación):
- Certificado de empadronamiento o convivencia en el que figure empadronado el alumno o alumna y, al menos, uno de los progenitores o tutores legales. Tiene que haber sido expedido entre el 28/12/2024 y el 28/03/2025.
- Documento que acredite que el alumno o alumna tiene hermanos o hermanas matriculadas en el mismo centro.
- Documento que acredite el lugar de trabajo.
- Certificado, resolución o tarjeta de discapacidad, de al menos un 33 %, del alumno o alumna y/o de algún miembro de la familia.
- Documento oficial que acredite la condición de víctima de violencia de género o terrorismo.
- Certificado del centro educativo en el que se especifique la condición de trabajador del progenitor/a o tutor/a legal en el centro.
- Título oficial que acredite la condición legal de familia numerosa.
- Documentación oficial que acredite la situación de acogimiento familiar.
- Título oficial que acredite la condición de familia monoparental.
- Documento oficial que acredite la condición del alumnado nacido en parto múltiple.
- Documentación oficial que acredite la condición de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. No es necesario aportar esta documentación si el alumno o alumna está censada en Educa con esta condición; el Departamento de Educación la aporta de oficio.
- Acceso a 1º de bachillerato: documentación académica que incluya la nota media solicitada conforme al artículo 28 de la Orden Foral 46/2021. No es necesaria si el centro educativo consignado como primera opción pudiera consultarla telemáticamente.
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Autorizaciones opcionales:
Puedes autorizar al Departamento de Educación para que realice las siguientes consultas:
- Autorización para la consulta de la declaración de la renta del ejercicio 2023. Sirve para acreditar el criterio prioritario de renta per cápita de la unidad familiar. En caso de declaraciones separadas, debe ser autorizada por ambos progenitores o tutores. Por tanto:
- Si la preinscripción se hace de forma presencial, ambos progenitores o tutores deben firmar esta solicitud.
- Si la preinscripción se hace de forma online, se debe adjuntar el impreso de autorización para la consulta de los datos de la persona que no hace la solicitud.
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Sólo se puntúan las rentas per cápita de hasta 16.576 euros. En el siguiente documento puedes consultar los tramos de renta y la puntuación que se asigna a cada tramo.
Normativa
- Resolución 57/2025, por la que se convoca y desarrolla el proceso de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Foral de Navarra para cursar, en el curso 2025-2026, enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.
- Orden Foral 26/2025, por la que se modifica el anexo del Decreto Foral 80/2019, por el que se reordena la Red de Centros Educativos Públicos de la Comunidad Foral de Navarra.
- Orden Foral 35/2024, por la que se regulan las enseñanzas del bachillerato internacional en los centros docentes públicos.
- Decreto Foral 33/2021, por el que se regula la admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Foral de Navarra.
- Orden Foral 46/2021, por la que se desarrolla el proceso de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad Foral de Navarra para cursar enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato.
- Decreto Foral 80/2019, por el que se reordena la Red de Centros Educativos Públicos de la Comunidad Foral de Navarra.
- Ley Orgánica 2/2006, de Educación.
- Contacto
Negociado de Escolarización
Correo electrónico: nescolar@navarra.es
Teléfonos: - Atención a las familias:
- 848 426 617
- 848 426 986
- Administración:
- 848 423 238
- 848 423 239
- 848 426 983
- 848 428 922
Negociado de Información y Documentación
Teléfonos: 848 426 616 / 848 426 516 / 848 426 400
- 2. Solicitud plaza escolar (Art. 10 y 33):
10. Junto a la solicitud, que se ajustará al modelo recogido en el espacio web que a tal efecto habilite el
Departamento de Educación o en la ficha publicada en el catálogo de trámites del portal navarra.es,
además de la documentación que potestativamente desee ser alegada para su valoración, deberá ser
adjuntada, con carácter obligatorio, la siguiente documentación:
- Copia del libro de familia o cualquier otro medio válido en derecho que acredite el vínculo familiar.
El volante o certificado de empadronamiento en el que figuren empadronados el alumno o alumna y,al
menos, uno de sus progenitores o personas que ejerzan la tutoría legal, solo será necesario a efectosde la
valoración del criterio prioritario de proximidad del domicilio, teniendo que haber sido expedido
dentro de los 90 días naturales anteriores a la fecha fin del plazo ordinario de presentación de
solicitudes establecido en el Anexo II de la presente resolución. - 16. Solicitudes de admisión para cursar bachillerato internacional en centros públicos.
--La legislación básica que regula estas enseñanzas está recogida en la orden foral por la que se regulan
las enseñanzas del Bachillerato Internacional en los centros docentes públicos de la Comunidad Foral
de Navarra.
- Los requisitos de acceso para acceder a las enseñanzas del Diploma del Bachillerato Internacional son
los siguientes:
o Estar en posesión del título de Graduado en Educación secundaria obligatoria.
o Alcanzar la puntuación mínima de 7 puntos obtenida en la nota media del título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
- El proceso de admisión del alumnado se regirá por los siguientes criterios de baremación:
o Domicilio:
- Alumnado cuyo domicilio de residencia se encuentre en la Comunidad Foral de
Navarra: 4 puntos.
- Alumnado cuyo domicilio no se encuentre en la situación anterior: 0 puntos.
o Nota media del título de Graduado en Educación secundaria obligatoria.
- Los empates que en su caso se produzcan, se desharán aplicando por orden de sucesivo los siguientes
criterios, debidamente acreditados:
o Mayor puntuación en el apartado domicilio mencionado en el punto anterior.
o Mayor nota media del expediente académico de los niveles correspondientes a 3o y 4o de
la Educación secundaria obligatoria.
Los criterios de desempate se utilizarán, sucesivamente, en el orden expresado, hasta el momento en
el que se produzca el desempate.
- Los centros docentes públicos autorizados para el curso 2025/26 son el Instituto de Educación
secundaria “Navarro Villoslada” de Pamplona y el Instituto de Educación secundaria “Benjamín de
Tudela”.
- La opción del Bachillerato Internacional computará como una opción de las seis posibles, debiéndose
indicar obligatoriamente la modalidad de Bachillerato elegida (Ciencias y Tecnología o Humanidades y
Ciencias Sociales).
- La ratio máxima de alumnado para los cursos de enseñanzas de Bachillerato Internacional será de 24 alumnos/as. - 4- Cálculo de la renta per cápita
3.Para la acreditación del criterio prioritario de renta per cápita de la unidad familiar, deberá marcarse
necesariamente, en la solicitud de admisión, la casilla de autorización de consulta de la declaración dela
renta del ejercicio 2023 para obtener los datos de Hacienda. De esta manera, el Departamento de
Educación podrá asignar la puntuación correspondiente a este apartado. En caso de declaraciones de la
renta no conjuntas, deberá ser autorizada por ambos/as progenitores/as o personas que ejerzan la
tutoría legal, debiendo quedar los mismos debidamente identificados. En ningún caso, serán tenidas en
cuenta las declaraciones de la renta presentadas en papel.
3. Para el cálculo de la renta per cápita a efectos del baremo de admisión, se considera renta de la
unidad familiar el total de la base o bases liquidables (casilla 550) de la declaración de la renta en la
Comunidad Foral de Navarra. La renta per cápita de la unidad familiar se calculará dividiendo la base
liquidable total entre el número de miembros de la unidad familiar. - 5- Expediente académico en el acceso a las enseñanzas de bachillerato (artículos 13.3 y 28)
1. En los casos de admisión del alumnado para acceder a las enseñanzas de bachillerato, se deberá
tener en cuenta el expediente académico de las enseñanzas establecidas, según normativa vigente,
para acceder al bachillerato. En concreto se tendrá en cuenta la nota media obtenida en las mismas
calculada, para tal fin, según los criterios establecidos en la normativa vigente. - 10- Listas provisionales de admisión, subsanación de errores, reclamaciones y renuncias (artículo 14)
1. Previamente a la publicación de las listas provisionales de admisión, se habilitará un plazo de revisión
de las solicitudes por parte de los/as solicitantes. En dicho plazo, los/as solicitantes podrán revisar los
datos, documentos y baremos asociados a su solicitud, y reclamar y/o subsanar errores ensu caso. - 15- Mejora de opción y matriculación (artículo 35)
4. No obstante, cuando la obtención de una nueva plaza se produzca entre el 1 y el 20 de septiembre,la
formalización de la matrícula pasará de ser obligatoria a ser voluntaria. -
CUESTIONES IMPORTANTES EN EL PROCESO ADMISIÓN:Pérdida de plaza escolar:
Renuncias:
Cuando un alumno o alumna obtiene plaza escolar en el listado provisional y desea permanecer en el centro escolar en
el que está matriculada en el curso 2025-26, deberá renunciar por escrito (impreso de renuncia) antes de la publicación
del listado definitivo. La no renuncia implicará la pérdida de la plaza en el centro escolar actual.
Matrícula:
Una vez admitido el alumno o alumna en el listado definitivo, deberá formalizar la matrícula en los plazos establecidos
para ello. En caso de no formalizar dicha matrícula, deberá ser excluido o excluida en Educa y quedará sin plaza escolar
en el sistema educativo navarro. Como consecuencia deberá concurrir al plazo denominado “admisión fuera de plazo
previo al inicio del curso escolar”, que tiene lugar en el mes de agosto. - Mejora de opción:
En el momento de formalizarla matrícula en el centro escolar en el que alumno ha sido admitido,siempre y cuando dichamatrícula no
sea en el centro elegido como primera opción en el orden de prelación de la solicitud, la familia podrá cumplimentar el formulario de
mejora de opción. Optar al procedimiento de “mejora de opción” conlleva:
Permanecer en las listas definitivas de espera hasta su extinción el 20 de septiembre de 2025.
Hasta la fecha de extinción de dichas listas definitivas de espera, la obtención de una nueva plaza derivada de la aplicación de la
“mejora de opción” implicará, automáticamente, la pérdida de la plaza escolar anteriormente asignada y supondrá la obligación de
formalizar la nueva matrícula.
No obstante, cuando la obtención de una nueva plaza se produzca entre el 1 y el 20 de septiembre, la formalización de la matrícula
pasará de ser obligatoria a ser voluntaria.
Alumno o alumna que tiene duda sobre la promoción:
En una única solicitud de admisión podrá cumplimentar opciones tanto para pasar de curso como, en su caso, repetir. Aestos efectos,
la solicitud de dos niveles educativos para un mismo centro computará como 2 opciones de las 6 posibles.
Adscripciones:
Los centros escolares que tengan adscripción, deben recordar que tienen que realizar reserva de plaza para todo el alumnado, excepto
el que haya presentado renuncia expresa o tenga formalizada la matrícula en otro centro escolar.
